A pesar de que se hallan implícitas en el
enunciado de las competencias de la materia, conviene poner por escrito
algunas advertencias a las que debe atender quien quiera superarla sin dificultades: - En quien cursa estudios de Educación Infantil, la corrección y la propiedad en la expresión
(tanto oral como, sobre todo, escrita) no son virtudes que merezcan elogio,
sino deberes que deben cumplirse. Así pues, los errores en la grafía
de las palabras, el descuido en el empleo de los signos de puntuación, la falta de las herramientas léxicas y gramaticales necesarias para elevarse por encima del
estilo conversacional, la incapacidad de articular textos extensos sin merma de la
cohesión y de la coherencia, etc., no son simples defectos ante los cuales quepa cerrar los ojos. Constituyen, por el contrario, faltas graves, y su comisión tiene
que penalizarse rigurosamente, sin que la mayor o menor «validez» de los «contenidos»
del texto pueda ser circunstancia atenuante.
- Entre las habilidades que un estudiante universitario debe adquirir y cultivar,
ocupan una posición destacadísima las de recoger información con
buen juicio y emplearla con honradez:
- Decir
que el estudiante debe recoger la información con
buen juicio es tanto como decir que debe recogerla crítica y selectivamente.
Entre la infinidad de fuentes de información que tiene a su disposición gracias a Internet, ha de saber elegir las de aguas
más limpias, absteniéndose de beber en manantiales turbios (v. gr.,
la célebre Wikipedia) o en charcos de aguas enlodadas (v. gr., Buenas tareas o El rincón del vago). Debe también, por supuesto, ser capaz de explorar y utilizar los fondos biblio- y hemerográficos de la Biblioteca Universitaria.
- Decir
que el estudiante debe emplear la información con
honradez es tanto como decir que debe
reconocer de manera explícita todas las deudas intelectuales que contraiga. Quien
reproduce palabras ajenas está obligado a indicar dónde las encontró y quién las
escribió. La infracción de esta norma (con otras palabras: la práctica del plagio) será objeto de una severa penalización: bastará con detectar uno so caso de corta-y-pega para que el trabajo en cuestión quede automáticamente suspendido (con la calificación de cero, que es la que obtiene el estudiante a quien se
descubre copiando en un examen).
- Los Estatutos de la Universidad de la Coruña disponen que la asistencia
a las aulas es, ante todo, un derecho que se le reconoce a los alumnos (art. 66). Sin embargo, el Estatuto del estudiantado incluye entre sus deberes el de «cumplir con la actividad
académica específica de los estudios en que se matriculen, participando en las clases, teóricas y prácticas, así como en todas las
actividades previstas en la programación docente de cada una de las materias» (art. 44; cursivas añadidas).
Existe, pues, un conflicto normativo. Cuando este se resuelva, cabrá tomar
decisiones en relativas al peso de la asistencia en la evaluación y calificación de las
materias. Mientras tanto, parece razonable abstenerse de castigar las faltas (excepto, por supuesto, en los casos
en que se traduzcan en la no realización de actividades de carácter obligatorio:
ejercicios escritos, exposiciones orales, exámenes, etc.).
En la primera sesión del
curso se suministrarán instrucciones para interpretar rectamente los preceptos
anteriores, con el fin de que no haya quien pueda llamarse a engaño ni alegar
desconocimiento. |