Calificación de no presentado, se otorgará está calificación a quien no se presente a la realización de la prueba mixta (examen 70%). La calificación de los alumnos que opten por la convocatoria adelantada será únicamente la que obtenga en dicha prueba.
Será necesaria una calificación mínima de 3,5 puntos sobre 10 en el examen final (prueba mixta) para obtener la calificación de aprobado o superior. Además se requiere una calificación mínima de 2,5 sobre 10 en cada parte del examen correspondiente a los impuestos sobre la renta de las personas físicas y sobre sociedades.
Condiciones de realización de los exámenes. Durante la realización de los exámenes no se podrá tener acceso a ningún dispositivo que permita la comunicación con el exterior. El alumno podrá utilizar una calculadora científica no gráfica y no programable. No se admitirán los exámenes escritos a lápiz. Los alumnos deberán identificarse mediante DNI o equivalente para la realización de la prueba mixta.
Para la evaluación de la segunda oportunidad se tendrá en cuenta los mismos criterios que en la primera oportunidad en lo que respecta a la prueba mixta recogida en el apartado de evaluación y que representa el 70% da la calificación. En cuanto a la prueba práctica o trabajo tutelado se fuera el caso, esta no será recuperable, por lo que se mantendrá la calificación obtenida durante el período de docencia de la materia.
En el caso de plagio o copia por parte do alumno, esta será excluido de forma inmediata de la prueba, y le será eliminada toda la puntuación obtenida en la convocatoria u oportunidad en la que cometió la incidencia. En caso de tener puntuación en la parte práctica de la materia esta le será anulada.
Para el alumnado con reconocimiento de dedicación a tiempo parcial y dispensa académica de exención de asistencia, además de las fechas aprobadas por la Junta de Facultad en lo que compete a la prueba objetiva, para las restantes pruebas se acordará al inicio del curso un calendario específico de fechas compatible con su dedicación