La asistencia a clases es obligatoria. Los/las alumn@s repetidores tendrán el mismo régimen de asistencia que los que cursan la asignatura por primera vez. La asistencia a un 80% de las actividades presenciales es un requisito para aprobar la materia. La evaluación de la materia se hará mediante un examen final (65%) y la evaluación de la asistencia, participación, resolución de problemas/casos prácticos, exposiciones orales y evaluación continua del alumno en clase (35%) según se especifica en el siguiente apartado. Los/las alumn@s que no superen la materia podrán realizar un examen extraordinario, y la evaluación se realizará siguiendo los mismos criterios que en la primera oportunidad. El alumnado en régimen de estudios a tiempo parcial por trabajo o por otros motivos justificados deberán de hablar con el profesorado en la primera semana de curso para sustituir el régimen presencial por otro tipo de actividades calificables. Estas actividades se indicaran en un plan individual de trabajo que se entregará al alumn@. Recomendaciones de cara a la evaluación: El/la alumn@ debe repasar los conceptos teóricos introducidos en los distintos temas utilizando el manual de referencia y los resúmenes. Es fundamental trabajar la materia de forma constante, manteniendo el estudio de la misma “al día”. Aquel alumnado que encuentre dificultades importantes a la hora de trabajar las actividades propuestas deben de acudir en las horas de tutoría del profesorado, con el objetivo de que éste pueda analizar el problema y ayudar a resolver dichas dificultades. El/la profesor@ analizará con aquellos alumn@s que no superen con éxito el proceso de evaluación en la convocatoria ordinaria, y así lo deseen, las dificultades encontradas en el aprendizaje de los contenidos de la asignatura. También les proporcionará material adicional (cuestiones, ejercicios, exámenes, etc.) para reforzar el aprendizaje de la materia.
En el caso de circunstancias excepcionales, objetivables y adecuadamente justificadas, el Profesorado Responsable podría eximir total o parcialmente a algún miembro del alumnado de concurrir al proceso de evaluación continuada. El alumnado que se encuentre en esta circunstancia deberá superar un examen específico que no deje dudas sobre la consecución de las competencias propias de la materia.
La realización fraudulenta de algún ejercicio o prueba exigida al alumno para la evaluación de la materia estará sujeta a responsabilidades disciplinarias, conforme se recoge en las Normas de Evaluación, Revisión y Reclamación de las Calificaciones de Grado y Máster Universitario (Articulo 11) y en el Estatuto del Estudiantado de la UDC (Artículo 35, punto 3): "Calificación de suspenso en la convocatoria en que se cometa la falta: el/la estudiante será cualificado con “suspenso” (nota numérica 0) en la convocatoria correspondiente del curso académico, tanto si la falta se produce en la primera oportunidad como en la segunda. Para esto, se procederá a modificar su calificación en el acta de primera oportunidad, si fuese necesario"