Cambio de
fecha de examen: Las fechas, horarios y lugar de
realización de las pruebas de evaluación de las diferentes oportunidades serán
los señalados en el calendario de pruebas de evaluación aprobado y publicado a comienzo
de curso por la Junta de Facultad.
Tan sólo
será posible realizar el examen en fechas distintas en los supuestos recogidos
en la Normativa Académica de la UDC.
El aprobado
de la asignatura estará supeditado, cualquiera que sea la convocatoria, a la
realización y a la entrega de los trabajos
escritos, si bien, sólo puntuarán en primera oportunidad si la prueba mixta ha
sido superada.
1ª Oportunidad.
En primera oportunidad, si la prueba mixta está
suspensa, la nota final será la nota de la prueba mixta.
Con una nota
igual o superior a 5 en la prueba mixta, se considerará la evaluación continua.
-Para
aprobar la asignatura, el alumnado deberá obligatoriamente obtener una
calificación final igual o superior a 5.
Alumnado con reconocimiento
de dispensa académica de asistencia.
El alumnado con reconocimiento de dispensa
académica de exención de asistencia, según establece la norma que regula el
régimen de dedicación al estudio de los estudiantes de grado en la UDC (Arts.
2.3; 3.b e 4.5) deberá comunicarlo al profesorado en la primera quincena del
cuatrimestre. Este alumnado será evaluado con un sistema individualizado de
evaluación acorde a los motivos de la dispensa.
2ª Oportunidad y convocatoria
adelantada.
La evaluación
en segunda oportunidad, así como en la convocatoria adelantada, se
corresponderá en un 100% con la nota obtenida en una prueba mixta que abarcará
todos los contenidos de la materia.
Se guardarán,
pero no puntuarán los trabajos tutelados ni el
trabajo en el aula (taller).
Para aprobar
la asignatura, el alumnado deberá obtener una nota mínima igual o superior a 5.
Calificación de No
Presentado (NP).
El alumnado
que no se presente a la prueba mixta o que no
entregue los trabajos tutelados obtendrá la calificación de "no
presentado", cualquiera que sea la convocatoria.
Implicación de plagio.
La
realización fraudulenta de las pruebas o actividades de evaluación, una vez
comprobada, implicará directamente la pérdida del derecho a la oportunidad en
la que se cometa la falta y respeto de la materia en la que se hubiera
cometido.
El alumnado que incurra
en fraude académico obtendrá la cualificación de suspenso en la convocatoria en
que se cometa la falta y respeto de la materia en que se cometiera: el/la
estudiante será calificado con “suspenso” (nota numérica 0) en la convocatoria
correspondiente del curso académico, tanto si la comisión de la falta se
produce en la primera oportunidad como en la segunda. Para esto, se procederá a
modificar su cualificación en el acta de primera oportunidad, si fuera
necesario.
Adaptación
de la materia al alumnado que así lo requiera (ADI).
La materia podrá ser adaptada
al estudiantado que precise de la adopción de medidas encaminadas al apoyo a la
diversidad conforme a las indicaciones de la Unidad de Atención a la Diversidad
(https://www.udc.es/cufie/ADI/, ext. 5622, adi@udc.es), con la que se deberá
contactar en los plazos establecidos por esta unidad. Se puede contar también
con el asesoramiento de la tutora ADI de la facultad.