La asistencia a las clases prácticas de gabinete (incluyendo la entrega de los ejercicios solicitados) y la elaboración de los trabajos de seminario son condiciones necesarias para ser evaluado. La participación en las prácticas y realización de los trabajos supondrá el 50% de la calificación final (prácticas: 20% y trabajos: 30%). Los dos exámenes de los contenidos teóricos representan el 50% de la misma. Para superar la materia, los dos exámenes tienen que estar aprobados (5 sobre 10). Adicionalmente se valorará la presentación de los seminarios, así como la participación activa en ellos, asistencia y participación en las tutorías, salida campo, visita AEMET, etc., pudiendo aumentar hasta un punto el valor de la calificación final. Los estudiantes que no superen la materia en la Primera Oportunidad serán evaluados en los exámenes oficiales de la Segunda Oportunidad. En esta convocatoria se evaluará del mismo modo (porcentajes), mediante examen de los contenidos teóricos y prácticos y entrega de los trabajos de seminario. Para obtener la calificación de NO PRESENTADO, los estudiantes no podrán haber participado en más de un 40% de las actividades evaluables programadas.
Todas las observaciones previas son aplicables a los estudiantes a tiempo parcial y/o con dispensa académica. Casos excepcionales: en el caso de que el estudiante, por razones debidamente justificadas, no pudiera realizar todas las pruebas de evaluación continua, el profesorado adoptará las medidas que considere oportunas a tal efecto. Para la concesión de las Matrículas de Honor se priorizará a los estudiantes de primera oportunidad.
CONVOCATORIA ADELANTADA DE DICIEMBRE: La guía docente que se aplicará a los estudiantes que soliciten la convocatoria adelantada de diciembre será la del curso en vigor
La realización fraudulenta de las pruebas o actividades de evaluación, una vez comprobada, implicará directamente la calificación de suspenso en la convocatoria en la que se cometa: el/la estudiante será calificado con "suspenso" (nota numérica 0) en la convocatoria correspondiente del curso académico, tanto si la realización de la falta se produce en la primera oportunidad como en la segunda. Para esto, se procederá a modificar su calificación en el acta de la primera oportunidad, si fuese necesario.