Prueba objetiva |
B1 B12 |
Al término del curso se llevará a cabo un examen final en el que, mediante una prueba objetiva, se evaluarán los conocimientos sobre los contenidos del programa desarrollados en las sesiones magistrales. |
50 |
En aplicación de la "Norma que regula el régimen de dedicación al estudio y la permanencia y la progresión de los estudiantes de grado y máster universitario en la UDC" (aprobada en Consello de Goberno de 4 de mayo de 2017), los alumnos a los que se haya reconocido la condición de estudiantes a tiempo parcial y la correspondiente dispensa académica, quedarán eximidos de la asistencia a clase; no obstante, estos alumnos deberán entregar los correspondientes informes y trabajos antes de la fecha establecida para la realización del examen de la asignatura. Para la Segunda Oportunidad el alumno será evaluado de la/s prueba/s pendiente/s o no superadas, guardando la calificación de las partes superadas. La realización fraudulenta de las pruebas o actividades de evaluación, una vez comprobada, implicará directamente la calificación de suspenso en la convocatoria en que se cometa: el/la estudiante será calificado con “suspenso” (nota numérica 0) en la convocatoria correspondiente del curso académico, tanto si la comisión de la falta se produce en la primera oportunidad como en la segunda. Para esto, se procederá a modificar su calificación en el acta de primera oportunidad, si fuese necesario.
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