El sistema de cualificaciones se expresará mediante cualificación numérica acuerdo con el establecido en el art. 5 del Real Decreto 1125/2003 de 5 de septiembre (BOE 18 de septiembre), por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de cualificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional Sistema de cualificaciones: 0-4.9=Suspenso 5-6.9=Aprobado 7-8.9=Notable 9-10=Sobresaliente 9-10 Matrícula de Honor (Graciable).
Se considerará como "no presentado" (NP) aquel o aquella estudiante que, estando matriculado en una materia, no concurriera a las distintas actividades de evaluación que se establezcan para el curso académico. En ausencia de regulación específica para cada titulación, se considerará que deberá ser calificado/a como "no presentado": la) cuando no completara el proceso de evaluación continua, en las condiciones que figuren en la guía docente, o b) cuando no se presente a la prueba del período oficial de evaluación. La consideración de NP no consume convocatoria en el número total de convocatorias que la/o estudiante tiene por materia.
Con carácter general, la evaluación de las materias será continua a lo largo del curso, sin perjuicio del indicado en las memorias de verificación de la titulación. La cualificación final será consecuencia de los resultados globales obtenidos en todas las actividades de evaluación. Como norma general se incluirá una actividad de evaluación para realizar en las fechas establecidas en el calendario académico oficial. Esta actividad también podrá establecerse como prueba global de evaluación de los resultados de aprendizaje o, en su caso, formar parte del proceso de evaluación continua. Las guías docentes deberán establecer la ponderación de las distintas actividades de evaluación y, en su caso, de la prueba global, en el marco que el centro pudiera establecer.
Se valorará la puntualidad y la asistencia obligatoria a todas las horas presenciales de las metodologías establecidas en la materia.
Para aprobar la materia, la/o estudiante debe participar activamente en las metodologías propuestas, entregar todos los trabajos y tener superadas cada una de las metodologías que conforman el proceso de evaluación de la matera. Además, será necesario tener una cualificación mínima de 1,75 (sobre 3,5) puntos en la prueba mixta, y solo se tendrán en cuenta para la cualificación final las notas de las otras metodologías, si lo/a alumna/a consigue @dito puntuación en la prueba mixta. En caso contrario, la nota de la convocatoria corresponderá a la nota obtenida en la prueba mixta. Las notas obtenidas en el resto de metodologías serán tenidas en cuenta para su cualificación en la segunda oportunidad (julio), en el caso de tenerlas aprobada y superada la prueba mixta.
Según la norma que regula el régimen de dedicación al estudio de los/as estudiantes de grado en la Universidade da Coruña (aprobada en el Consejo de Gobierno del 22/05/2012), cuando un estudiante tenga reconocida su condición de matrícula a tiempo parcial, tiene derecho a disfrutar de un régimen de asistencia a clase de carácter flexible y a solicitar la dispensa académica especial establecida en el artículo 4 (apartado 5) de @dito norma, en tanto no afecte negativamente al proceso de evaluación del/a estudiante. La ese efecto, las Comisiones Académicas de los diferentes centros de la UDC concretan el alcance de la citada dispensa. Por tanto, la concesión a la solicitud de @dito flexibilidad quedará a la expensas de la valoración y decisión de la comisión académica del grado de Terapia Ocupacional, teniendo en cuenta las metodologías y criterios de evaluación de las materias.
La realización fraudulenta de las pruebas o actividades de evaluación, una vez comprobada, implicará directamente la cualificación de suspenso en la convocatoria en que se cometa: lo/a estudiante será calificado con “suspenso” (nota numérica 0) en la convocatoria correspondiente del curso académico, tanto se la comisión de la falta se produce en la primera oportunidad como en la segunda. Para esto, se procederá a modificar su cualificación en el acta de primera oportunidad, si fuera necesario.
Todos los aspectos relacionados con "dispensa académica", "dedicación al estudio", "permanencia" y "fraude académica" se regirán de acuerdo con la normativa académica vigente en la UDC.