El sistema de calificaciones se expresará mediante calificación numérica de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 1125/2003 de 5 de septiembre (BOE nº 224 de 18 de septiembre de 2003), por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. Sistema de calificaciones: 0-4.9=Suspenso, 5-6.9=Aprobado, 7-8.9=Notable, 9-10=Sobresaliente/Matrícula de honor (Graciable).
Para aprobar la materia, la/el estudiante debe participar activamente en todas las metodologías propuestas, entregar todos los trabajos solicitados y tener superadas cada una de las metodologías que conforman el proceso de evaluación de la materia. Además, será necesario tener una calificación mínima de 1.75 (sobre 3.5) puntos en la Prueba mixta, y sólo se tendrán en cuenta para la calificación final las notas de las otras metodologías, si la/el estudiante consigue dicha puntuación en la Prueba mixta. En caso contrario, la nota de la convocatoria se corresponderá con la nota obtenida en la Prueba mixta. Las notas obtenidas en el resto de metodologías serán tenidas en cuenta para su calificación en la segunda oportunidad (julio), en el caso de tenerlas aprobadas y superada la Prueba mixta.
Se valorará la puntualidad y la asistencia obligatoria a todas las horas presenciales de las metodologías que computan para la evaluación de la materia. Sólo se consideran ausencias justificadas las relacionadas con la asistencia sanitaria o causa de fuerza mayor. En todo caso, debe justificarse la ausencia documentalmente.
En el caso de no superación de la materia en la primera oportunidad de la convocatoria (febrero) por la ausencia no justificada en las Prácticas de laboratorio, no se podrá superar la materia en la segunda oportunidad (julio), y la/el estudiante se tendrá que presentar en la siguiente convocatoria, al tratarse de actividades que, por su naturaleza, no son recuperables en la segunda oportunidad (tal y como recogen las Normas de evaluación, revisión y reclamación de las calificaciones de los estudios de grado y máster universitario de la Universidade da Coruña, aprobadas por el Consello de Goberno del 19 de diciembre de 2013 y modificadas por última vez en el Consello de Goberno del 29 de junio de 2017).
Según la norma que regula el régimen de dedicación al estudio del alumnado de grado en la Universidade da Coruña (aprobada en el Consello de Goberno del 22/05/2012), cuando un(a) estudiante tenga reconocida su condición de matrícula a tiempo parcial, tiene derecho a disfrutar de un régimen de asistencia a clase de carácter flexible y a solicitar la dispensa académica especial establecida en el artículo 4 (apartado 5) de dicha norma, en tanto no afecte negativamente al proceso de evaluación de la/del estudiante. A ese efecto, las Comisiones Académicas de los diferentes centros de la UDC concretan el alcance de la citada dispensa. Por tanto, la concesión a la solicitud de dicha flexibilidad quedará a expensas de la valoración y decisión de la Comisión académica del Grado en Terapia Ocupacional, habida cuenta de las metodologías y criterios de evaluación de las materias.