Guía DocenteCurso
Facultade de Ciencias da Saúde
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Grao en Terapia Ocupacional
 01. Descripción del título

1.1. Denominación del título
- Graduado en Terapia Ocupacional por la Universidad de A Coruña

1.2. Universidad solicitante y Centro, Departamento o Instituto responsable del programa
- Universidad de A Coruña
- Facultad de Ciencias de la Salud

1.3. Tipo de enseñanza (presencial, semipresencial, a distancia, etc)
- Presencial

1.4. Número de plazas de nuevo ingreso ofertadas (estimación para los 4 primeros años)

- Primero: 40 (con todas las modalidades de acceso incluidas).

- Segundo: 40 (con todas las modalidades de acceso incluidas).

- Tercero: 50 (con todas las modalidades de acceso incluidas).

- Cuarto: 50 (con todas las modalidades de acceso incluidas).

1.5. Número de créditos y requisitos de matriculación

Número de créditos del título (60créditos ECTS/curso académico).

Según la siguiente legislación: ANEXO 1.5.1. real decreto 1393-2007Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y ANEXO 1.5.2. real decreto 1125-2003Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, los títulos universitarios oficiales se medirán en créditos europeos ECTS. (CONSULTAR ANEXO 1.5.1. Y 1.5.2.)

- Créditos del título: 240.

- Valor del crédito (25/30 h).

- Entre 36 y 40 semanas por curso académico.

Número mínimo de créditos europeos de matrícula por estudiante y periodo lectivo, y en su caso, normas de permanencia. (Los requisitos planteados en este apartado pueden permitir a los estudiantes cursar estudios a tiempo parcial y deben atender a cuestiones derivadas de la existencia de necesidades educativas especiales)

- En primer curso: preferiblemente 60 ECTS, ya que el alumno debe matricularse de la totalidad de los créditos que corresponden a un curso completo, en virtud de la normativa actual. En cumplimiento del RD 1393/2007, es posible que esté prevista la modificación de lo expuesto en la normativa de la Universidad de A Coruña y el Título de Grado en Terapia Ocupacional se ajustará a ella.

- Resto de cursos: libre

Las normas de permanencia son las existentes para el primer y segundo ciclo, según la normativas académicas vigentes de la Universidad de A Coruña. A continuación, se mencionan las principales:

- Estatutos de la Universidad de A Coruña, en la sección 3º, referida al Consejo de Gobierno, Artículo 27.2 k): "Facer propostas sobre o réxime de admisión e permanencia nos estudos e a limitación de prazas", (Decreto 101/2004, de 13 de mayo, DOG de 26 de mayo). Disponible en el apartado Estadística y Legislación, legislación y normativa, de la página web de la Universidad de A Coruña. (CONSULTAR ANEXO 1.5.3. estatutos universidad a coruñaANEXO 1.5.3.)

- Normativa de Estudios Propios de 1er Ciclo y de 2º Ciclo (Aprobada en Junta de Gobierno, de 21 de febrero y de 21 de marzo de 2002). Artículo 5, sobre normas académicas. Disponible en el apartado Estudiantes, normativas académicas, de la página web de la Universidad de A Coruña. (CONSULTAR ANEXO 1.5.4. normativa estudios 1º y 2º cicloANEXO 1.5.4.).

- Normativa académica 2007/2008, Artículo 23 referente a la séptima convocatoria. Disponible en el apartado Estadística y Legislación, legislación y normativa, de la página web de la Universidad de A Coruña. (CONSULTAR ANEXO 1.5.5. normativa académica udc 07-08ANEXO 1.5.5.).

En lo referente a la atención a los estudiantes con necesidades educativas especiales:

- Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Artículo 46 sobre los Derechos y deberes de los estudiantes. (CONSULTAR ANEXO 1.5.6. ley orgánica 6-2001ANEXO 1.5.6.). (CONSULTAR ANEXO 1.5.7. ley orgánica 4-2007ANEXO 1.5.7.) .

- Estatuto del estudiante de la Universidad de A Coruña (aprobado por el Claustro Universitario, 29 de mayo de 2007). Artigo 21. Apoyo a los estudiantes con necesidades especiales. (CONSULTAR ANEXO 1.5.8. estatutos estudiantes udcANEXO 1.5.8.).

1.6. Resto de información necesaria para la expedición del Suplemento Europeo al título de acuerdo con la normativa vigente

 Rama de conocimiento.

- Ciencias de la Salud

Se regirá por el Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto, por el que se establece el procedimiento para la expedición por las universidades del Suplemento Europeo al Título. (CONSULTAR ANEXO 1.5.9. real decreto 1044-2003ANEXO 1.5.9.).

Naturaleza de la institución que ha conferido el título. Pública

Naturaleza del centro universitario en el que el titulado ha finalizado sus estudios. Centro propio.

Profesiones para las que capacita una vez obtenido el título. Terapeuta Ocupacional

Lengua (s) utilizadas a lo largo del proceso formativo. Español, gallego e inglés.

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