Datos Identificativos | 2024/25 | |||||||||||||
Asignatura | Propulsión eléctrica | Código | 631G02556 | |||||||||||
Titulación |
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Descriptores | Ciclo | Período | Curso | Tipo | Créditos | |||||||||
Grao | 1º cuadrimestre |
Cuarto | Optativa | 6 | ||||||||||
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Temas | Subtemas |
INTRODUCCIÓN A LA PROPULSIÓN ELÉCTRICA MAQUINAS ELÉCTRICAS ELECTRÓNICA DE POTENCIA |
Convertidores de energía eléctrica, directos e indirectos. Componentes electrónicos de potencia. Selección Plantas tipo de propulsión eléctrica naval. PODs Justificación técnico-económica. Campos de aplicación. Nuevos Diseños |
ALTA TENSIÓN Y RIESGOS ELÉCTRICOS | CONOCIMIENTOS TEÓRICOS 1. Tecnología de alta tensión 2. Medidas y procedimientos de seguridad 3. Propulsión eléctrica de los buques, de los motores eléctricos y de los sistemas de control CONOCIMIENTOS PRÁCTICOS Funcionamiento y mantenimiento sin riesgos de los sistemas de alta tensión, incluidos el conocimiento del tipo técnico especial que constituyen los sistemas de alta tensión y los riesgos que entraña una tensión de funcionamiento superior a 1 000 voltios |
Interpretación de esquemas y planos de planta eléctrica. | 1. BUQUE CEMENTERO - "CEMENTADOR" 2. BUQUE OCEANOGRÁFICO - "SARMIENTO DE GAMBOA" 3. BUQUE OCEANOGRÁFICO - "ÁNGELES ALVARIÑO" 4. BUQUE DE PASAJE - "QUEEN MARY 2" 5. BUQUE METANERO - "BARCELONA KNUTSEN" |
========================================= CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA MARÍTIMA APLICABLE - STCW ========================================= |
========================================= CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA MARÍTIMA APLICABLE - STCW ========================================= |
El desarrollo y superación de estos contenidos, junto con los correspondientes a otras materias que incluyan la adquisición de competencias específicas de la titulación, garantizan el conocimiento, comprensión y suficiencia de las competencias recogidas en el cuadro AIII/2, del Convenio STCW, relacionadas con el nivel de gestión de Oficial de Máquinas de Primera de la Marina Mercante, sin limitación de potencia de la planta propulsora y Jefe de Máquinas de la Marina Mercante hasta un máximo de 3000 kW. | Cuadro A-III/2 del Convenio STCW. Especificación de las normas mínimas de competencia aplicables a los Jefes de máquinas y Primeros Oficiales de máquinas de buques cuya máquina propulsora principal tenga una potencia igual o superior a 3000 kW |