Se puede superar la asignatura por medio de dos vertientes: Opción 1: Superando la prueba de examen (calificación 100%) examen Opción 2: Superando las diferentes actividades de evaluación continua durante el período de clases presenciales con los plazos estipulados, no se realizan recuperaciones o entregas una vez dispuestos los plazos establecidos(en grupo, individuales, colaborativas, tics). Se establece un trabajo autónomo do 50% das prácticas fuera del aula y un trabajo autónomo y/o colaborativo que constituye el 50% de la nota desarrollando las actividades anunciadas en las plataformas online y en las clases presenciales. 100% evaluación contínua que constituye: 50% traballo autónomo no presencial - 50% traballo autónomo y/o en grupo mixto). A opción 1 se escoge realizar un examen extenso en que se evalúa toda la materia y todas las actividades del curso. Se puede obtener el 100% de la nota. La opción 2 se escoge hacer las actividades de evaluación contínua, correspondendo la nota a la suma da cualificación de todas as actividades. En el caso de que no supere esta evaluación contínua tiene que someterse a la opción 1 de superación de la asignatura (ver especificaciones). En el caso de superar la evaluación continua y optar por hacer el examen, como en el examen se establece todas las actividades y materia del curso, automáticamente se elimina la evaluación continua y la nota definitiva la nota del examen, siendo esta nota la que se incluye en las actas de la asignatura, se esta maior o menor que la nota da evaluación continua.
El alumnado con reconocimiento de dedicación a tiempo parcial y dispensa académica de exención de asistencia deberá someterse a la opción 1 "superando la prueba de examen (calificación 100%) examen, en las convocatorias oficiales.
La asignatura dispone de dos convocatorias, la primera convocatoria tendrá opción a poder desarrollar la evaluación continua (opción 2) (mediante la realización de las actividades en los plazos estipulados) o bien la prueba examen (opción 1), según se especifica en párrafos anteriores.
En la segunda convocatoria el alumnado solo podrá tener opción a la prueba examen (opción 1) por superar los plazos establecidos para la realización adecuada de la evaluación continua. O bien en otras convocatorias extraordinarias establecidas en la universidad, que sean adicionales, en las cuales no se cumplan los plazos establecidos en la opción 2 sólo se podrá tener acceso a la opción 1 (examen).