-La evaluación de las prácticas queda regulada por lo establecido en los artículos 13, 14 y 15 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios:
"El tutor de la entidad colaboradora realizará y remitirá al tutor académico de la
universidad un informe final, a la conclusión de las prácticas, que recogerá el número de
horas realizadas por el estudiante y en el cual podrá valorar los aspectos
referidos, en su caso, tanto a las competencias genéricas como a las específicas,
previstas en el correspondiente proyecto formativo".
“El estudiante elaborará y hará entrega al tutor académico de la universidad una memoria final, a la conclusión de las prácticas".
"El tutor académico de la universidad evaluará las prácticas desarrolladas de
conformidad con los procedimientos que establezca la universidad, cumplimentando el
correspondiente informe de valoración".
-La elaboración y entrega de la memoria se ajustará a las pautas formales y de contenido indicadas por la profesora, así como a los plazos establecidos.
-Requisitos imprescindibles:
--Para superar la materia es necesario aprobar cada una de las partes que componen la metodología de trabajo de la misma, es decir, si un alumno no supera el trabajo tutelado no se le evaluarán las prácticas y viceversa.