Calificación de no presentado. Se otorgará está calificación a quien no se presente a la realización de la prueba mixta. La entrega del trabajo tutelado por sí sola no implicará la condición de presentado a efectos de la evaluación
Convocatoria adelantada de diciembre. La calificación de los alumnos que opten por la convocatoria adelantada de diciembre será una suma ponderada de la nota del examen final (70%) y la calificación de la evaluación continua del curso anterior (30%).
Será necesaria una calificacion mínina de 3,5 puntos sobre 10 en el examen final (prueba mixta) para obtener la calificación de aprobado o superior. Además se requiere una calificación mínima de 3 sobre 10 en cada parte del examen correspondiente a los impuestos sobre la renta de las personas físicas y sobre sociedades”. De esta manera si alguien obtiene un 3,5 sobre 10 en la prueba objetiva será el equivalente a obtener un 2,45 sobre 7, y sacar un 3 sobre 10 en cada parte o impuesto sería exigir un mínimo de un 2,1 sobre 7 en cada parte o impuesto.
Condiciones de realización de los exámenes. Durante la realización de los exámenes no se pondrá tener acceso a ningún dispositivo que permita la comunicación con el exterior. El alumno podrá utilizar una calculadora científica no gráfica y no programable. No se admitirán los exámenes escritos a lápiz. Los alumnos deberán identificarse mediante DNI o equivalente para la realización de la prueba mixta. La utilización de información complementaria, en particular para realización de la parte práctica de la prueba mixta, será la que se establezca en cada caso.
Para la evaluación de la segunda oportunidad se tendrá en cuenta los mismos criterios que na primera oportunidad.
Para el alumnado con reconocimiento de dedicación a tiempo parcial y dispensa académica de exención de asistencia, además de las fechas aprobadas por la Junta de Facultad en lo que compete a la prueba objetiva, para las restantes pruebas se acordará al inicio del curso un calendario específico de fechas compatible con su dedicación