Ver página web http://caminos.udc.es/info/asignaturas/master_iccp/miccp521/index.html
Para aprobar la asignatura será condición imprescindible haber presentado con anterioridad el trabajo de curso. El trabajo de curso presentado por el estudiante debe cumplir los requisitos establecidos para considerarse como válido. El uso de actividades fraudulentas en la realización del trabajo de curso supondrá el suspenso de la asignatura, sin prejuicio de otras medidas de carácter disciplinario que pudieran corresponder.
El examen de la asignatura constará de varios ejercicios claramente indicados. El examen estará evaluado sobre un máximo de 10 puntos. En cada ejercicio del examen el estudiante debe alcanzar como mínimo un 20% de la calificación máxima de ese ejercicio para poder aprobar la asignatura.
La calificación del examen final de la primera oportunidad podrá experimentar los siguientes aumentos:
– Por Trabajo de Curso: Máximo 0.75 puntos sobre 10.
– Por Prácticas: Máximo 0.25 puntos sobre 10.
– Por Pruebas de Seguimiento de Clase: Máximo 0.25 puntos sobre 10
Se aprobara la asignatura en esta oportunidad si la calificación (con las condiciones y los aumentos indicados) es igual o superior a 5 sobre 10.
La calificación del examen extraordinario de julio (segunda oportunidad) podrá experimentar los siguientes aumentos:
– Por Trabajo de Curso: Máximo 0.75 puntos sobre 10.
Se aprobará la asignatura en esta oportunidad si la calificación (con las condiciones y los aumentos indicados) es igual o superior a 5 sobre 10.
En los exámenes no se permitirá la consulta de ningún tipo de documento. Cualquier documentación adicional que se precise será proporcionada con el enunciado.En los exámenes no se podrá utilizar ningún tipo de dispositivo electrónico avanzado. Sólo se permitirá el uso de una calculadora científica básica (esto es: una calculadora que permita exclusivamente realizar operaciones aritméticas y evaluar funciones elementales con un número reducido de memorias numéricas, sin ninguna otra capacidad de ningún tipo).
La utilización de documentos o dispositivos ilícitos, así como la copia por cualquier medio durante la realización de un examen serán consideradas actividades fraudulentas de carácter grave.