La realización fraudulenta de las pruebas o actividades de
evaluación implicará directamente la cualificación de suspenso en la
convocatoria en la que se cometa la falta y respeto de la materia en que se
cometió: o/a estudiante será calificado con "suspenso" (nota numérica
0) en la convocatoria correspondiente del curso académico, tanto se la comisión
de la falta se produce en la primera oportunidad como en la segunda. Para eso,
se procederá a modificar su cualificación en el acta de primera oportunidad, si
fuera necesario. El profesorado podrá hacer los trámites que considere
oportunos en caso de sospecha. |