Profesorado |
Andrade Canosa, Diego | Bellas Permuy, Fernando | Carpente Rodriguez, Maria Luisa | Castro Castro, Paula Maria | Castro Martinez, Alfonso | Dapena Janeiro, Adriana | Fernández Blanco, Enrique | Gonzalez Taboada, Maria | Losada Perez, Jose | Pedreira Fernández, Oscar | Pedreira Souto, Maria de las Nieves | Pérez Sánchez, Beatriz | Rodríguez Álvarez, Gabriel | Vidal Martin, Concepcion |
|
Correo electrónico |
diego.andrade@udc.es | fernando.bellas@udc.es | luisa.carpente@udc.es | paula.castro@udc.es | alfonso.castro@udc.es | adriana.dapena@udc.es | enrique.fernandez@udc.es | maria.gonzalez.taboada@udc.es | jose.losada@udc.es | oscar.pedreira@udc.es | nieves.pedreira@udc.es | beatriz.perezs@udc.es | gabriel.rodriguez@udc.es | concepcion.vidalm@udc.es |
|
Descripción general |
La asignatura de Prácticas en Empresa (PE) es una asignatura optativa de cuarto curso que se puede cursar en el primer o en el segundo cuatrimestre, con 12 créditos. Su objetivo es completar la formación del grado con estancias en las entidades colaboradoras en las que experimentar el desarrollo de la actividad profesional en un marco real. La FIC tiene acuerdos con distintas empresas para la realización de prácticas curriculares.
El desarrollo de una PE implica:
1) El contacto de la FIC con entidades colaboradoras y la disponibilidad de estas para aceptar a estudiantes del grado que realicen tareas que puedan desarrollarse mediante la asignatura de PE.
2) Los contactos para definir las PE de un curso académico se inician desde finales del curso previo.
3) La formalización de un acuerdo entre la entidad colaboradora y la FIC, lo que supondrá la asignación de la práctica a un/a estudiante.
4) La designación de una persona de la entidad colaboradora que actuará como tutor/a profesional de el/la estudiante supervisando el desarrollo efectivo de sus tareas.
5) La designación de una persona de la FIC con las funciones de tutor/a académica que supervisará que el/la estudiante realice el plan de formación determinado, que recibirá los informes de el/la tutor/a profesional y de el/la estudiante, y que evaluará lo realizado por el/la estudiante.
6) La definición de un plan de formación donde los/as tutores/as de la PE definan el alcance del trabajo a realizar por el/la estudiante.
La normativa de la UDC sobre PE requiere que se establezca un convenio para la relación de PE.
Existen unas directrices específicas de la FIC para ampliar y concretar el marco normativo de la UDC:
1) Que el/la estudiante haya superado la mitad de los créditos del grado.
2) Que haya superado todas las asignaturas de formación básica (primer curso).
3) Que haga la solicitud en el plazo establecido y que la nota media de su expediente se encuentre entre el número de estudiantes permitido para cada cuatrimestre. Este límite viene marcado por la vicerrectoría de profesorado, ya que cada tutor/a académico/a consume 2 horas de POD por cada estudiante tutorizado/a. |