Guia docenteCurso Escuela Técnica Superior de Náutica y Máquinas |
Grao en Náutica e Transporte Marítimo |
Asignaturas |
Operador de los Servicios de Tráfico Marítimo y Centros de Coordinación de Salvamento |
Contenidos |
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Datos Identificativos | 2023/24 | |||||||||||||
Asignatura | Operador de los Servicios de Tráfico Marítimo y Centros de Coordinación de Salvamento | Código | 631G01511 | |||||||||||
Titulación |
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Descriptores | Ciclo | Periodo | Curso | Tipo | Créditos | |||||||||
Grado | 1º cuatrimestre |
Cuarto | Optativa | 6 | ||||||||||
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Tema | Subtema |
Control de Tráfico Marítimo | Introducción Presente y futuro de los VTS Resolución IMA A 857(20) que modifica la A 587(14) La OMI y la seguridad en la navegación con respecto a los VTS Disposiciones generales sobre organización de tráfico marítimo, Resol. A 572(14) Formación de operadores Recomendación IALA V 103 Sistemas de Notificación IMO SRS Reglas V10, V11 y V12 de SOLAS |
Salvamento Marítimo | Historia de los servicios SAR SAR 79 Manuales IAMSAR IAMSAR VOL 2. Coordinación de las misiones. Toma de conocimiento y acción inicial ante emergencia SAR Planificación de la busqueda SAR Communications Concept |
Lucha contra la contaminación ocasionada por hidrocarburos | Tipos de hidrocarburos Derrames: Factores ecológicos y medioambientales Comportamiento de los derrames Métodos de contención: Barreras Sistemas mecánicos de recogida Dispersantes Aplicación de técnicas de recogida en función del tipo de costa |
El desarrollo y superación de estos contenidos, junto con los correspondientes a otras materias que incluyan la adquisición de competencias específicas de la titulación, garantizan el conocimiento, comprensión y suficiencia de las competencias recogidas en el cuadro AII/2, del Convenio STCW, relacionadas con el nivel de gestión de Primer Oficial de Puente de la Marina Mercante, sin limitación de arqueo bruto y Capitán de la Marina Mercante hasta un máximo de 3.000 GT. | Cuadro A-II/2 del Convenio STCW. Especificación de las normas mínimas de competencia aplicables a los Capitanes y primeros oficiales de puente de buques de arqueo bruto igual o superior a 500 GT. |
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