CALIFICACIÓN DE LA ASIGNATURA:
EXAMEN (80%) - Consistirá en una PRUEBA OBJETIVA propuesta por cada profesor. Se calificará sobre un máximo de 8 puntos. La calificación del EXAMEN se obtendrá de la media resultante de la suma de la PRUEBA OBJETIVA propuesta por cada profesor. Si en el EXAMEN se obtiene una calificación menor al 50% de la puntuación posible en alguna de las PRUEBAS OBJETIVAS propuestas por cada profesor, no se computará la media con la otra parte, ni se añadirá la EVALUACIÓN CONTINUA, siendo la CALIFICACIÓN FINAL, suspenso.
Si un estudiante no se presenta a alguna parte del EXAMEN, la CALIFICACIÓN FINAL de la asignatura será de No presentado (NP). Es opcional de cada profesor conservar o no la calificación de su parte de EXAMEN, únicamente hasta la convocatoria de julio (2ª oportunidad), siempre que la calificación de éste, sea igual o superior al 50% de la puntuación posible.<
EVALUACIÓN CONTINUADA (20%) - la calificación de la evaluación continuada se conservará únicamente hasta la convocatoria de julio (2ª oportunidad).
Los porcentajes asignados a cada prueba pueden sufrir pequeñas modificaciones de un curso a otro en función de las necesidades de la materia; no obstante el valor del examen nunca será inferior al 70% de la nota final y el valor de la evaluación continuada nunca será superior al 30%.
"La realización fraudulenta de las pruebas o actividades de evaluación, una vez comprobada, implicará directamente la cualificación de suspenso en la convocatoria en que se cometa: lo/a estudiante será calificado con “suspenso” (nota numérica 0) en la convocatoria correspondiente del curso académico, tanto se la comisión de la falta se produce en la primera oportunidad como en la segunda. Para esto, se procederá a modificar su cualificación en el acta de primera oportunidad, si fuera necesario".
“Calificación de suspensión en la convocatoria en que se comete la falta y respecto de la materia en que se cometió: el alumno será calificado con “suspensión” (calificación numérica 0) en la correspondiente convocatoria del curso académico, tanto si la La comisión de la falta se produce en la primera oportunidad como en la segunda. Para ello, se procederá a modificar su calificación en el acto de la primera oportunidad, si fuere necesario.