Guia docenteCurso
Facultad de Ciencias de la Salud
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Grao en Terapia Ocupacional
 Asignaturas
  Procesos de Terapia Ocupacional
   Evaluación
Metodologías Competéncias Descripción Calificación
Prácticas de laboratorio A7 A8 A9 A20 A33 B3 B4 B10 B23 B29 B36 Se valorará: actitud y participación; actitud colaborativa( implicación con el grupo cas tareas y el desarrollo general del laboratorio); participación ( interacción empática, proactivan, analítica y constructiva); Respeto (a los participantes del grupo, docentes y normas de funcionamiento del laboratorio); Responsabilidad (consigo mismo/a y/o con el grupo, tanto en la preparación de los trabajos realizados durante el laboratorio como en el proceso de enseñanza-aprendizaje). La asistencia es obligatoria y solo se puede faltar de forma justificada la una sesión. Se incluye en este laboratorio las prácticas grupales de elaboración de las prácticas con el estudiantado de 1º.
El análisis de la actividad tendrá un valor de 5.
El resto de la puntuación (10 puntos) se basa en el trabajo del estudiante de forma individual y grupal del desarrollo de las actividades con los estudiantes de 1º.
15
Prueba mixta A2 A1 A8 A9 A20 B3 B4 B10 B13 B25 B26 C1
Se valorará, además de los conocimientos adquiridos, la capacidad de expresión escrita del alumno/a (evaluando de forma negativa los errores gramaticales y ortográficos, y la integración de conceptos).
50
Trabajos tutelados A2 A1 A7 A8 A9 A20 A33 B1 B3 B4 B10 B12 B13 B23 B25 B26 B29 B36 C1 Se valorará el informe del proceso de terapia ocupacional realizado al largo de la materia. En este documento se debe reportar el proceso grupal e individual articulando la teoría y la técnica abordada en la asignatura. El empleo de la literatura actualizada será importante y su debida justificación en el estudio de caso propuesto.
Además, se valorará la entrega de un portafolios donde el estudiante registre todo proceso vivenciado el primer día de clase con un valor de 5.
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Observaciones evaluación

El sistema de cualificaciones se expresará mediante cualificación numérica acuerdo con el establecido en el art. 5 del Real Decreto 1125/2003 de 5 de septiembre (BOE 18 de septiembre), por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de cualificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional Sistema de cualificaciones: 0-4.9=Suspenso 5-6.9=Aprobado 7-8.9=Notable 9-10=Sobresaliente 9-10 Matrícula de Honor (Graciable).

Se considerará como "no presentado" (NP) aquel o aquella estudiante que, estando matriculado en una materia, no concurriera a las distintas actividades de evaluación que se establezcan para el curso académico. En ausencia de regulación específica para cada titulación, se considerará que deberá ser calificado/a como "no presentado": la) cuando no completara el proceso de evaluación continua, en las condiciones que figuren en la guía docente, o b) cuando no se presente a la prueba del período oficial de evaluación. La consideración de NP no consume convocatoria en el número total de convocatorias que la/o estudiante tiene por materia.

Con carácter general, la evaluación de las materias será continua a lo largo del curso, sin perjuicio del indicado en las memorias de verificación de la titulación. La cualificación final será consecuencia de los resultados globales obtenidos en todas las actividades de evaluación. Como norma general se incluirá una actividad de evaluación para realizar en las fechas establecidas en el calendario académico oficial. Esta actividad también podrá establecerse como prueba global de evaluación de los resultados de aprendizaje o, en su caso, formar parte del proceso de evaluación continua. Las guías docentes deberán establecer la ponderación de las distintas actividades de evaluación y, en su caso, de la prueba global, en el marco que el centro pudiera establecer.

Se valorará la puntualidad y la asistencia obligatoria a todas las horas presenciales de las metodologías establecidas en la materia.

Para aprobar la materia, la/o estudiante debe participar activamente en las metodologías propuestas, entregar todos los trabajos y tener superadas cada una de las metodologías que conforman el proceso de evaluación de la matera. Además, será necesario tener una cualificación mínima de 2,75 (sobre 5.5) puntos en la prueba mixta, y solo se tendrán en cuenta para la cualificación final las notas de las otras metodologías, si lo/a alumna/a consigue @dito puntuación en la prueba mixta. En caso contrario, la nota de la convocatoria corresponderá a la nota obtenida en la prueba mixta. Las notas obtenidas en el resto de metodologías serán tenidas en cuenta para su cualificación en la segunda oportunidad (julio), en el caso de tenerlas aprobada y superada la prueba mixta.

Según la norma que regula el régimen de dedicación al estudio de los/as estudiantes de grado en la Universidade da Coruña (aprobada en el Consejo de Gobierno del 22/05/2012), cuando un estudiante tenga reconocida su condición de matrícula a tiempo parcial, tiene derecho a disfrutar de un régimen de asistencia a clase de carácter flexible y a solicitar la dispensa académica especial establecida en el artículo 4 (apartado 5) de @dito norma, en tanto no afecte negativamente al proceso de evaluación del/a estudiante. La ese efecto, las Comisiones Académicas de los diferentes centros de la UDC concretan el alcance de la citada dispensa. Por tanto, la concesión a la solicitud de @dito flexibilidad quedará a la expensas de la valoración y decisión de la comisión académica del grado de Terapia Ocupacional, teniendo en cuenta las metodologías y criterios de evaluación de las materias.

La realización fraudulenta de las pruebas o actividades de evaluación, una vez comprobada, implicará directamente la cualificación de suspenso en la convocatoria en que se cometa: lo/a estudiante será calificado con “suspenso” (nota numérica 0) en la convocatoria correspondiente del curso académico, tanto se la comisión de la falta se produce en la primera oportunidad como en la segunda. Para esto, se procederá a modificar su cualificación en el acta de primera oportunidad, si fuera necesario

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