1ª Oportunidad. La planificación expuesta en esta guía docente supone la aplicación de un sistema de evaluación continua. Todas las partes incluida en la evaluación tienen que ser superadas por lo menos en un 50% para poder hacer el cómputo final. El alumnado que suspenda cualquiera de las partes figurará en actas con la calificación obtenida en la parte suspensa, hasta que se pueda hacer el cómputo final en la siguiente oportunidad una vez superadas todas las partes. En el caso de que el alumnado no realice las prácticas clínicas por causa no imputable a él, la Prueba Objetiva pasaría a tener un peso del 50%.
Alumnado con reconocimiento de dispensa académica de asistencia. Se le podrán asignar actividades alternativas, tutorías específicas u otras medidas que se consideren oportunas, para no perjudicar su calificación.
2ª Oportunidad de la 1ª Convocatoria y oportunidades de ulteriores convocatorias. Se realizará una Prueba Objetiva, que consistirá en la realización de una prueba mixta. Esta prueba representará el 100% de la nota final. El alumnado deberá obtener una puntuación mínima de 5 puntos sobre 10.
Calificación de No Presentado (NP). El alumnado que no se presente a ninguna de las partes propuestas en la evaluación aparecerá como NP en el acta. De presentarse a cualquiera de ellas, aparecerá como suspenso hasta que en la siguiente convocatoria presente o apruebe la parte que falte para poder hacer el cómputo final. Se puede dar el caso de que una persona suspenda alguna de las partes, pero que la suma con el resto dé aprobado. En cuyo caso la nota será un suspenso (el suspenso más alto de las que aparezcan suspensas), pues para hacer el cómputo es preciso, como se señaló anteriormente, que todas las pruebas sean superadas en un 50%.
Implicaciones del fraude académico en la realización de las pruebas o actividades de evaluación. La realización fraudulenta de las pruebas o actividades de evaluación, una vez comprobada, implicará directamente la calificación de suspenso en la convocatoria en que se cometa la falta y respecto de la materia en que se cometiese: el/la estudiante será calificado con “suspenso” (nota numérica 0) en la convocatoria correspondiente del curso académico, tanto si la falta se produce en la primera oportunidad como en la segunda. Para esto, se procederá a modificar su calificación en el acta de primera oportunidad, si fuese necesario.