Prácticas de laboratorio |
B3 C6 |
Metodología que permite que los estudiantes aprendan efectivamente a través de la realización de actividades de carácter práctico en el laboratorio.
Las practicas son obligatorias para aprobar la asignatura.
|
10 |
- La realización de las prácticas de laboratorio es obligatoria. No obstante, los alumnos que ya estuvieron matriculados en la asignatura y hayan superado las prácticas de laboratorio en el curso anterior al actual, podrán optar a realizarlas nuevamente o no realizarlas y conservar la puntuación del curso anterior.
- Para el alumnado con reconocimiento de dedicación a tiempo parcial y dispensa académica de exención de asistencia, la evaluación consistirá en la realización de una prueba mixta escrita con calificación del 60%, más valoración de trabajos propuestos de solución de problemas con calificación del 30%, y más la realización de prácticas de laboratorio en versión on-line (cuestionarios basados en vídeos de las practicas de laboratorio) con la calificación del 10%.
- Los criterios de evaluación de la segunda oportunidad y la convocatoria adelantada son los siguientes: se mantendrá la puntuación obtenida en las prácticas de laboratorio, suponiendo igualmente el 10% de la calificación, se mantendrá también la puntuación obtenida en la
solución de problemas, pero suponiendo solamente el 15% de la calificación (es decir,
mitad de la calificación que suponía en la primera oportunidad). El 75% restante
corresponderá a la prueba mixta. - Los alumnos con calificación de "no presentado" son aquellos que no se presentaron a la prueba objetiva.
- La realización fraudulenta de las pruebas o actividades de evaluación, una vez comprobada, implicará directamente la calificación de suspenso en la convocatoria en que se cometa: el/la estudiante será calificado con “suspenso” (nota numérica 0) en la convocatoria correspondiente del curso académico, tanto si la comisión de la falta se produce en la primera oportunidad como en la segunda. Para esto, se procederá a modificar su cualificación en el acta de la primera oportunidad, si fuese necesario.
|