Tanto
la realización de la prueba objetiva como los trabajos tutelados y su
correspondiente presentación y defensa se consideran obligatorias para superar
la asignatura. Las calificaciones obtenidas en estos apartados se sumarán a las
obtenidas en los restantes (estudios de casos y lecturas). La asignatura se
considera aprobada a partir de cinco (5). Cualquier puntuación inferior
significa una calificación de Suspenso. La no cumplimentación de uno o ambos
apartados obligatorios significa la calificación de No Presentado.
La
calificación final (tanto en la primera oportunidad, como en la segunda
oportunidad, así como en la oportunidad de convocatoria anticipada) se basará
en la evaluación de estos cuatro apartados: el examen o prueba objetiva, los
trabajos tutelados, el caso Los estudios y las lecturas. El peso de la prueba
objetiva representa el 40% de la calificación final: el peso del trabajo
tutelado representa el 30% de la calificación final; el peso de los casos
prácticos representa el 20% de la calificación final y el peso de las lecturas
representa el 10% de la calificación final.
En principio, el porcentaje que dispensa la
ayuda irá en función del tipo de matrícula de los estudiantes, siguiendo las
condiciones de matrícula que establezca la UDC.
Como se explicó anteriormente, estos cuatro
apartados deberán ser cumplimentados tanto en la primera oportunidad, como en
la segunda oportunidad, así como en convocatoria adelantada.
NORMAS
ESPECÍFICAS DE EVALUACIÓN PARA: Alumnos con reconocimiento de dispensa
académica
Según
lo establecido en la “NORMA REGULADORA DEL RÉGIMEN DE DEDICACIÓN AL ESTUDIO Y
DE PERMANENCIA Y PROGRESIÓN DE LOS ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS DE GRADO Y MÁSTER
DE LA UNIVERSIDAD DE CORUÑA (aprobada por el Consejo Social de
04/05/2017):
Deberá
ponerlo en conocimiento del profesor en la primera semana de clases, o, si esto
no fuera posible, en un plazo no mayor a 7 días después de otorgado el
reconocimiento.
Tendrán
que realizar, de forma individual, todas las actividades/trabajos propuestos a
lo largo del curso y entregarlos en las fechas establecidas por el profesor. Si
la entrega no se completa en la fecha indicada, una calificación se considerará
No Presentada, ya que según lo establecido en las “NORMAS DE EVALUACIÓN,
REVISIÓN Y RECLAMACIÓN DE LAS CALIFICACIONES DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS DE
GRADO Y MÁSTER”, Artículo 21.2: Se considerará Se considera "No
presentado" (NP) a aquel estudiante que, estando matriculado en una
asignatura, no participó en las diferentes actividades de evaluación
establecidas para el curso académico. A falta de regulación específica para
cada título, se considerará que debe ser calificado como "No
presentado": a) cuando no haya completado el proceso de evaluación
continua, en las condiciones recogidas en la guía docente, o b) cuando no se
presentó a la prueba del oficial de evaluación del período .
La
nota será la media ponderada de las notas de las actividades y trabajos
realizados durante el curso y la nota de la prueba realizada en la fecha del
calendario oficial de exámenes, con un aprobado (5 sobre 10) en cada parte a
poder aprobar la materia. Si no apruebas alguna de las partes, en la segunda
oportunidad deberás repetir todas las partes no aprobadas (actividades/trabajo
y/o prueba) en la primera oportunidad.
Cuando se suspenda una actividad, la nota según lo recogido será la de
suspensión, que puede ser la nota de la actividad suspendida o la media
ponderada de las actividades suspendidas.
Para
la evaluación continua de las personas asistentes se solicita el 80% de asistencia a las aulas , pero cuando no se cumpla el 80% y no cuenten con
la dispensa académica , NO SE PRESENTARÁ la calificación y deberán presentarse
en la próxima oportunidad. .
Y también
la realización fraudulenta de pruebas o actividades de evaluación , una
vez acreditada, supondrá directamente la calificación de suspensión en la
convocatoria en que se cometa: el estudiante será calificado con
"Suspensión" (nota numérica 0) en la correspondiente convocatoria de
la año académico, ya sea que la infracción se cometa en la primera oportunidad
o en la segunda. Para ello procederá a modificar su calificación en el acta de
la primera oportunidad, si fuera necesario.
Todos los aspectos relacionados con
"exención académica", "dedicación al estudio",
"permanencia" y "fraude académico" se regirán de acuerdo
con la normativa académica vigente de la UDC.