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Facultad de Filología
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Reglamento del Trabajo Fin de Grado de la Facultad de Filología
Aprobado por la Xunta de Facultad de 26 de febrero de 2014 y modificado por la Xunta de Facultad de 20 de octubre de 2017 y de 30 de mayo de 2018.
1. Objeto y ámbito de aplicación
1.1. Este reglamento contiene las directrices relativas a la definición, realización, defensa, cualificación y tramitación administrativa de los trabajos de fin de grado de los planos de estudio de los grados de la Facultad de Filología, de acuerdo con las Directrices para la elaboración de reglamentos relativos al trabajo de fin de grado en los grados de la UDC, aprobadas por el Consejo de Gobierno de 22 de julio de 2011, y de acuerdo con la Normativa reguladora de la matrícula y defensa del Trabajo Fin de Grado ( TFG) y del Trabajo Fin de Mestrado ( TFM), aprobada por el Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2013 y modificada por el Consejo de Gobierno en sus sesiones de 30 de abril y 24 de julio de 2014, 29 de enero de 2015, 28 de junio de 2016 y 29 de junio de 2017.
1.2. Este reglamento debe interpretarse en el marco de las reglamentaciones y procedimientos de la Universidade da Coruña que se encontrar en vigor y que se referir, entre otros aspectos, al sistema de evaluación, al reconocimiento y a la transferencia de créditos, así como a la movilidad de estudiantes.
1.3. La comisión del centro competente en la gestión de los trabajos de fin de grado es la Comisión de Organización Académica, delegada de la Xunta de Facultad.
2. Naturaleza y características del Trabajo Fin de Grado
2.1. El Trabajo Fin de Grado ( TFG) supone la realización, por parte de cada estudiante y de forma individual, de un proyecto, de una memoria o de un estudio concreto bajo
a supervisión de un o más directores. En este trabajo deben integrarse y desarrollarse los contenidos formativos recibidos, así como las capacidades, competencias y habilidades adquiridas durante el período de docencia del grado.
2.2. El Trabajo Fin de Grado deberá estar orientado a la aplicación de las competencias generales asociadas al Título, en concreto, a capacitar para la busca, gestión, organización e interpretación de datos en los estudios lingüísticos y literarios con el objeto de emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de este ámbito de estudios, y a facilitar el desarrollo de un pensamiento y juicio crítico, lógico y creativo.

2.3. Para formalizar la matrícula del Trabajo Fin de Grado, el alumnado podrá tener pendientes como máximo 78 créditos para completar los estudios, incluidos los correspondientes al TFG, y deberá matricularse también de todas las materias necesarias para finalizar el plan de estudios del Grado. Igualmente, las/los estudiantes que participen en programas de movilidad o duplas titulaciones podrán matricularse del TFG mientras realizan el programa de movilidad. Su régimen será establecido reglamentariamente.
2.4. El Trabajo Fin de Grado solo podrá ser defendido y evaluado una vez que se tuviere constancia de que la/el estudiante superó todos los créditos necesarios para
la obtención del Título de Grado, excepto los correspondientes al TFG, esto es, una vez superados los 234 créditos restantes, según se establece en las memorias de verificación de los grados de la Facultad de Filología.
En el caso de los programas de movilidad o de dupla titulación se estará al previsto reglamentariamente. Nos programas de simultaneidad se estará al establecido en la normativa específica de cada programa.
2.5. El Trabajo Fin de Grado no tiene la naturaleza de un trabajo investigador. Con todo, la titularidad de los derechos de propiedad intelectual, si fuere el caso, corresponderá a quién lo realizar segundo queda recogido en el apartado h) del artículo 8 del RD 1791/2010 de 30 de diciembre, por lo que se aprueba el Estatuto del estudiante universitario.
2.6. El tema de que fuere objeto el Trabajo Fin de Grado, tanto en su nivel como en su extensión y sus objetivos, deberá posibilitar que la/el estudiante lo realice en las 150 horas equivalentes a los 6 créditos ECTS asignados al trabajo en el plan de estudios. La Facultad de Filología velará a través de los mecanismos de coordinación existentes en el grado y de la Comisión de Organización Académica por que esto se cumpla y, en consecuencia, puedan alcanzarse las tasas de eficiencia, éxito y graduación a que hace referencia a memoria del grado.
3. Dirección académica del Trabajo Fin de Grado
3.1. El Trabajo Fin de Grado será dirigido por un miembro del profesorado con docencia en el Título de grado. Tal profesor/la será responsable de la)
exponer al estudiantado las características del trabajo y orientarlo en su desarrollo;
b) realizar un seguimiento de la elaboración del trabajo y velar por el cumplimiento de los objetivos fijados;
c) autorizar la presentación y defensa del TFG;
d) valorar el trabajo conforme al establecido en el art. 7.
3.2. El Trabajo Fin de Grado podrá ser dirigido por más de una persona. En cuyo caso, cuando menos, una de ellas deberá ser un miembro del profesorado con docencia en el Título de grado en que estuviere matriculado la/el estudiante.
4. Oferta de temas de los trabajos fin de grado y asignación de direcciones
4.1. Los temas o las líneas de los Trabajos Fin de Grado y las/los directoras/eres correspondientes se propondrán de manera razonada. Tal propuesta será remitida a la dirección del centro desde los departamentos a que este les hiciere el encargo de los TFG hasta lo 30 de julio. Las/los estudiantes podrán proponerles a los departamentos temas o líneas para que sean incorporados en su oferta.
4.2. La Comisión de Organización Académica aprobará y hará pública el listado con los temas, con los directores o directoras y con el número de estudiantes asignados la cada tema y con el/a director/a antes de 30 de septiembre .
4.3. El estudiantado solicitará la asignación por orden de preferencia de un número mínimo de diez temas y/o directoras/los con la fecha límite de 15 de octubre en el modelo de impreso que figura cómo Anexo I de este reglamento. La Comisión de Organización Académica preparará una propuesta de asignación provisional, que incluirá el plazo de reclamaciones. Para dirimir las prioridades en la elección de tema y/o de director/la se utilizará como criterio a cualificación media del expediente académico de la/el estudiante. Si se agotaran las líneas escogidas por la/el estudiante, la comisión anunciará un nuevo plazo para escoger entre las líneas con vacantes.
4.4. Una vez resueltas las reclamaciones, si las hubiere, la Comisión de Organización Académica publicará el listado definitivo con la fecha límite de 30 de octubre. Cualquier
modificación posterior deberá ser aprobada por la Comisión de Organización Académica.
5. Tribunales de evaluación
5.1. La Comisión de Organización Académica nombrará los tribunales y establecerá las condiciones generales para la realización de la defensa de los trabajos.
5.2. Los tribunales estarán formados por tres personas y los correspondientes suplentes. Todas ellas deberán ser miembros del profesorado del centro que imparte el Título de grado. La directora o director del Trabajo Fin de Grado no podrá formar parte del tribunal que lo evalúe.
5.3. Cada tribunal contará con una persona que lo presida y otra que ejerza como secretaria. Lo de mayor categoría docente y antigüedad actuará como presidente y lo
de menor como secretaria/lo. Ambos ejercerán como tales en todas las actuaciones del tribunal.
5.4. Una vez constituidos, los tribunales de evaluación establecerán, dentro del marco establecido por la Comisión de Organización Académica, el día, la hora y el lugar de realización de las defensas de los trabajos de fin de grado y la orden de exposición de los estudiantes (Anexo II). Esta información se hará pública en el tablero de anuncios y en
la página web de la Facultad.
6. Presentación y defensa de los trabajos fin de grado
6.1. Con antelación a la fecha de entrega establecida:
la) Lo/a director/la del trabajo deberá realizar un informe sobre lo TFG a través de la Secretaría Virtual del PDI.
b) Una vez incorporado ese informe al sistema de gestión, la/el estudiante tendrá de solicitar la inscripción y defensa a través de la Secretaría Virtual, cumplimentar adecuadamente el formulario electrónico requerido y anexar el TFG como PDF siguiendo las Normas para presentación de los trabajos en versión digital.
c) La/el estudiante deberá imprimir la solicitud de defensa, que será entregada en la Administración del centro junto con el TFG.
6.2. La/el estudiante entregará en la Administración de la Facultad, y en el plazo que se hará público para estos efectos, el siguiente:
- Tres ejemplares de la versión escrita del trabajo (con el visto bueno de la dirección)
- Versión electrónica del trabajo (de acuerdo con las Normas para la presentación de los trabajos fin de grado en versión digital), que deberá coincidir necesariamente con la versión subida a la Secretaría Virtual.
- Solicitud de defensa y de evaluación (v. 6.1. c)
Finalizado el plazo de presentación, la Administración de la Facultad entregará la documentación que proceda a la/al secretaria/lo del tribunal de evaluación, quien hará llegar una copia del trabajo la cada miembro del tribunal.
Los trabajos se ajustarán al establecido en las guías docentes y a las instrucciones relativas a la presentación que figuran como Anexo III de este reglamento.
6.3. El estudiantado defenderá sus trabajos de fin de grado pública y presencialmente.
6.4. La realización, presentación y defensa de los trabajos de fin de grado podrán efectuarse en cualquiera de los idiomas empleados en la impartición del grado, de acuerdo
con el dispuesto en la memoria de verificación del Título.
6.5. Cada estudiante dispondrá de un tiempo máximo de 15 minutos en que deberá exponer los objetivos, la metodología, el contenido y las conclusiones de su trabajo. Con posterioridad, tendrá que atender las preguntas, las aclaraciones, los comentarios y las sugerencias que le pudieren formular los miembros del tribunal de evaluación.
6.6. Dentro de sus posibilidades, la Facultad facilitará los medios técnicos para la presentación del trabajo.
7. Evaluación y cualificación
7.1. Para la evaluación, se aplicarán los criterios establecidos en la guía docente y el dispuesto en la memoria de verificación del Título.
la) Lo/a director/la del trabajo lo valorará mediante lo Anexo IV. Este documento será entregado en la Administración del centro antes del fin del plazo de presentación de trabajos establecido para cada oportunidad.
b) El tribunal valorará la exposición pública del trabajo mediante la rúbrica establecida en el Anexo V.
c) El tribunal emitirá la cualificación final, que será el resultado de la media ponderada de la valoración del tribunal (30?%) y de la propuesta de dirección del trabajo (70?%). Se empleará el Anexo VI, que será entregado en la administración del centro. En caso de codirección, se tendrá en cuenta a media de la cualificación otorgada por las/los directoras/eres.
7.2. La cualificación final se otorgará en función de la siguiente escala numérica establecida en el Real Decreto 1125/2003, de 0 a 10, con expresión de un decimal (de ser necesario el redondeo, se hará hacia arriba), a la cual tendrá que se le añadir la correspondiente cualificación cualitativa:
la) 0-4,9: suspenso
b) 5,0-6,9: aprobado
c) 7,0-8,9: notable
d) 9,0-10: sobresaliente
7.3. Podrá acceder a la mención de matrícula de honra el estudiantado que obtuviere una cualificación igual o superior a 9,0 puntos, según el criterio del tribunal
evaluador.
7.4. En el caso de la/el estudiante obtener la cualificación de suspenso, el tribunal le hará llegar un informe con las recomendaciones oportunas para la mejora del trabajo y su
posterior evaluación. Se enviará una copia de este informe a la( s) persona( s) que dirigieron el Trabajo Fin de Grado.
7.5. La revisión y/o reclamación de las cualificaciones finales de los trabajos fin de grado se llevarán a cabo de conformidad con el previsto en la normativa de la Universidade da Coruña.
8. Matrícula, calendario académico y actas
8.1. La matrícula de los trabajos fin de grado se realizará dentro del plazo general de matrícula establecido por la universidad, o en el período de ampliación de la matrícula se la/lo alumna/lo reúne los requisitos para poder realizar esta modalidad de matrícula, mediante el abono de los precios públicos que corresponder.
8.2. El Trabajo Fin de Grado de los grados de la Facultad de Filología está asignado en el plan de estudios al segundo cuatrimestre. Si el alumnado si matrícula en el período
de ampliación de la matrícula, en el mes de febrero, los procedimientos establecidos en las epígrafes 4.1., 4.2., 4.3. y 4.4. deberán estar finalizados el 30 de marzo. Para
más información sobre el calendario, se consulte el Anexo VII de este reglamento.
8.3. Para su defensa y evaluación, la/el estudiante dispondrá de una convocatoria con dos oportunidades en cada curso académico. Siempre que la/el estudiante no tenga pendiente más que la superación del TFG para finalizar sus estudios de Grado, podrá matricularse para defenderlo en el período
establecido para la primera oportunidad de las pruebas de evaluación de las materias del primero cuatrimestre. En el caso de no superar esta defensa, podrá utilizar cómo segunda oportunidad tan sólo una de las oportunidades comunes de ese mismo curso académico.
8.4. La Facultad, atendiendo a criterios de programación docente, establecerá la realización de las defensas de los trabajos fin de grado dentro de los plazos marcados en el calendario académico que aprobar el Consejo de Gobierno.
8.5. El cierre y entrega de los actas de evaluación de los trabajos fin de grado se atendrá al previsto en el calendario académico aprobado por el Consejo de Gobierno.
Consultar os anexos na páxina web: https://www.udc.es/export/sites/udc/filo/_galeria_down/TFG/normativa/Regulamento_TFG.pdf_2063069294.pdf 9. Consulta e publicación dos traballos fin de grao
9.1. A Comisión de Organización Académica dará o visto e prace aos traballos que serán publicados no Repositorio Institucional da Universidade da Coruña (RUC) e fará unha selección dos traballos por titulación. Para isto, terá en conta a opinión emitida polos correspondentes tribunais. A administración do centro enviará unha copia en formato electrónico ao Servizo de Biblioteca de todos os traballos seleccionados para a súa publicación no repositorio institucional.
Disposición adicional. Esta normativa será de aplicación a partir do curso académico 2018/2019.
Anexo I. Solicitude de asignación de liña de traballo e director/a
Anexo II. Acta de acordos do tribunal e listaxe das datas e horas de exposicións
Anexo III. Instrucións para a presentación dos traballos
Anexo IV. Proposta de valoración da dirección do traballo
Anexo V. Informe de valoración do tribunal
Anexo VI. Cualificacións finais dos TFG
Anexo VII. Calendarios
Universidade da Coruña - Rúa Maestranza 9, 15001 A Coruña - Tel. +34 981 16 70 00  Soporte Guías Docentes