Los trabajos tutelados resueltos de forma
individual o colectiva, se evaluarán en función del trabajo realizado por el
alumno. El profesor asignará unh nota según el grado de conoicimiento y
aprendizaje que muestre el alumno. Además, se valorará la calidad de los
trabajos entregados, tanto en su aspecto técnico, como formal.
La nota obtenida en los trabajos tutelados se sumará a la obtenida en la prueba
objetiva, siempre y cuando el/la alumno/a alcance en esta prueba objetiva una
nota igual o superior a 3 puntos sobre 7. En caso contrario, la nota final de la materia estará constituida únicamente por la nota del examen.
Para poder presentar los trabajos
tutelados será preciso asistir a las clases, salvo causa debidamente
justificada, con una asistencia igual o superior al 80%. Los alumnos repetidores pueden optar a principio de curso a mantener la nota del curso anterior correspondiente a los trabajos tutelados, y quedar exentos de la asistencia a las clases (esta posibilidad sólo se aplica en el curso siguiente a la obtención de la nota de los trabajos, y siempre que se haya cumplido el requisito de asistencia del 80% en el curso de obtención de la citada nota)).
La nota de los trabajos tutelados se conservará para la convocatoria de julio
correspondiente a la segunda oportunidad. Aquellos alumnos que no entregaran
los trabajos tutelados en la primera oportunidad no podrán hacerlo en la
segunda, y por lo tanto la nota final estará constituida únicamente por la nota
de la prueba objetiva.
La realización fraudulenta (plagio, copia,
etc.) de las pruebas o actividades de evaluación implicará directamente la
calificación de suspenso "0" en la materia en la convocatoria
correspondiente, invalidando además cualquier calificación obtenida en todas
las actividades de evaluación de cara a la convocatoria extraordinaria.
La nota de la convocatoria adelantada
(diciembre) estará constituida únicamente por la nota obtenida en la prueba
mixta (examen).
Los alumnos con dispensa académica o a
tiempo parcial estarán eximidos de la obligatoriedad del 80% de asistencia.