La evaluación del alumnado se estructura en dos grandes bloques:
1 - La actividad continuada en el aula, que incluye la resolución de casos individuales y en grupo, utilizando para ello los textos jurídicos y las bases de datos y lecturas de referencia. Todo ello, además de la participación activa del alumnado en las discusiones jurídicas dirigidas que proponga el docente en atención a los temas de estudio, y el aprendizaje inicial del léxico y los conceptos jurídicos necesarios. Para todo esto, la asistencia con aprovechamiento a las clases resulta esencial. La evaluación en conjunto de estas actividades supone un total del 40% de la calificación final de la materia.
2 - La realización de una prueba objetiva final, en la que se valorarán los conocimientos adquiridos por el alumnado. La prueba objetiva supone el 60% de la calificación final de la materia.
En cualquier caso, ES IMPRESCINDIBLE APROBAR LA PRUEBA OBJETIVA FINAL de la materia PARA poder SUPERAR LA ASIGNATURA.
Aquellos/as alumnos/as que no superen la materia en la primera de las convocatorias (enero), se les mantendrá el porcentaje de la calificación obtenida en los restantes apartados evaluables (excluyendo, por tanto, la nota de la prueba objetiva) para el cálculo de la nota final en la convocatoria de julio.
En el supuesto del alumnado que
teña recoñecido o réxime de dedicación a tempo parcial e dispensa académica de exención de asistencia" nos termos previstos na "Norma que regula o réxime de dedicación ao estudo dos estudantes de grado na UDC" e nas "Normas de avaliación, revisión e reclamación das cualificacións dos estudos de grao e mestrado universitario", la evaluación (tanto en el mes de junio, como en el mes de julio) consistirá en la realización de una prueba objetiva de conocimientos de la materia incluida en el programa de la asignatura, que tendrá un valor del 100% de la calificación final de la materia.
Las pruebas de evaluación se harán en castellano y el alumnado podrá solicitar, con una semana de antelación, la realización en otro idioma oficial de UDC.
La realización fraudulenta de las pruebas o actividades de evaluación, una vez comprobada, implicará directamente la calificación de suspenso en la materia en la oportunidad correspondiente, tanto se a comisión da falta se produce na primeira oportunidade como na segunda. Para isto, procederase a modificar a súa cualificación na acta de primeira oportunidade, se fose necesario.