La realización de las prácticas de laboratorio es
obligatoria. Con todo, los/las alumnos/as que ya habían estado matriculados
anteriormente en la asignatura y que superaran las prácticas en los dos cursos
anteriores al actual, podrán optar entre realizarlas nuevamente y ser
evaluadas, o no realizarlas y conservar la puntuación obtenida.
La calificación de "no presentado" les figurará la
aquellos alumnos/as que no se presentaran a la prueba objetiva.
Los criterios de evaluación de la segunda oportunidad y la
convocatoria adelantada, si lo hubiera, son los siguientes: se mantendrá la
puntuación obtenida en las prácticas de laboratorio, suponiendo igualmente el
15% de la calificación, y se mantendrá también la puntuación obtenida en la
solución de problemas, pero esta última suponiendo solamente el 15% de la
calificación (es decir, mitad de la calificación que suponía en la primera
oportunidad). El 70% restante corresponderá a la prueba objetiva.
Para los/las alumnos/as con reconocimiento a tiempo parcial
y dispensa académica con exención de asistencia se tendrán en cuenta las
metodologías más idóneas para las necesidades específicas que requiera cada
alumno/a.
La realización fraudulenta de las pruebas o actividades de evaluación, una vez comprobada, implicará directamente la calificación de suspenso en la convocatoria en que se cometa: el/la estudiante será calificado/a con “suspenso” (nota numérica 0) en la convocatoria correspondiente del curso académico, tanto si la comisión de la falta se produce en la primera oportunidad como en la segunda. Para esto, se procederá a modificar su calificación en el acta de primera oportunidad, si fuera necesario.